viernes, 7 de noviembre de 2008

Alcanzaría 37 años de prisión dirigente de la CNTE de Michoacan.

Bruno Montana / Quadratín

MORELIA, Mich., noviembre de 2008.-El dirigente de la Sección XVIII de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación, Artemio Ortiz Hurtado, alcanzaría hasta 37 años de prisión, si se le aplicaran las máximas sanciones correspondientes por los delitos que se le imputan.

Y es que fue apenas la semana pasada, cuando el equipo jurídico de la Secretaría de Educación en el Estado (SEE) presentó denuncia penal contra los agremiados de la CNTE, encabezados por el llamado ‘Muñeco’.

Entre los ilícitos que se le imputan se encuentran lesiones, robo, despojo de inmuebles y daño en las cosas, pero podría sumarse la de delitos contra las vías de comunicación de uso público, luego de que los mentores obstaculizaran el viernes pasado las vías del tren.

Así pues, en caso de que se aplicaran las máximas sanciones que establece el Código Penal de Michoacán a Artemio Ortiz, éste podría alcanzar más de 30 años de prisión, según se señala a continuación:

Según el título decimosexto, que refiere a delitos contra la vida y la salud, incluidas las lesiones y de acuerdo al artículo 270, fracción tercera al responsable del delito de lesiones se sancionará con prisión de dos a ocho años y multa de cien a quinientos días de salario, cuando las heridas dejen al ofendido una cicatriz permanente en la cara.

El título decimoctavo, referente a los delitos contra el patrimonio, dentro del capítulo 1, referente al robo, el artículo 300, establece que al responsable del delito de robo se le sancionará según la fracción tercera, cuando el valor de lo robado exceda del importe de quinientos días de salario, la sanción será de tres a doce años de prisión y multa de treinta a ciento veinte días de salario.

El artículo 330, del capítulo sexto, despojo de inmuebles, refiere que se aplicarán de seis meses a cinco años de prisión y multa de cincuenta a quinientos días de salarios, al que de propia autoridad y haciendo violencia a las personas o a las cosas, o furtivamente, o empleando engaño, ocupe un inmueble ajeno o haga uso de él o de un derecho real que no le pertenezca.

Según el artículo 332, se sancionará con prisión de tres días a cinco años y multa de tres a veinte días de salario, cuando el delito de daño en las cosas se consume en edificios públicos o que por su valor histórico o arquitectónico formen parte del acervo cultural del estado, se sancionará con prisión de dos a ocho años y multa de veinte a cincuenta días de salario.

Finalmente, tras el bloqueo de las vías del tren el pasado viernes, Artemio Ortiz podría ser acusado del delito contra las vías de comunicación que en el artículo 137, señala que se impondrán de tres días a cuatro años de prisión y multa de veinte a trescientos días de salario mínimo al que bloqueara las de tránsito destinadas a empresas privadas sin importar tampoco el medio de locomoción u otro permitido ni sus dimensiones.

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