jueves, 6 de septiembre de 2012

Reparte Fonatur tarifas para operaciones en las bahías de Zihuatanejo y Potosí


La Operadora Portuaria oculta en cambio las reglas de restricción en el recinto

Reparte Fonatur tarifas para operaciones en las bahías de Zihuatanejo y Potosí

Ejercerá la empresa concesionaria un estricto control en torno al uso de las instalaciones
HERCILIA CASTRO (Corresponsal)
Zihuatanejo, 4 de septiembre. Empleados de la Fonatur Operadora Portuaria SA de CV, la cual administrará el uso, fondeo, y explotación del recinto portuario, uso, fondeo, aguas adyacentes y la laguna de Barra de Potosí en Petatlán, distribuyeron ya a las cooperativas de lancheros y pescadores, las tarifas para las embarcaciones y costos de los servicios públicos, sin embargo, no informaron de las restricciones como la prohibición a cualquier “persona ajena” a la particular.
En el documento referente a las reglas de operación, (en poder de este diario), la empresa Fonatur Operadora Portuaria SA de CV, expone en la regla 23 que “El ingreso de personas y vehículos al recinto portuario, será controlado a través de credenciales permanentes de uso habitual y pases de visitante para uso ocasional proporcionados por la administración portuaria”.
Refiere que la expedición y renovación de credenciales para los prestadores de servicio y usuarios, se deberá solicitar por escrito a la empresa, incluyendo los datos generales de sus trabajadores, copia de la libreta de mar vigente y tendrá el costo de un día de salario mínimo más el IVA, incluyendo la reposición por extravío.
En la regla 29, marca que “Los vehículos que ingresen al recinto portuario, deberán contar con una póliza de seguros vigente que cubra daños a terceros”.
Entre otras de las disposiciones del reglamento, está la que prohibe la reparación de embarcaciones en sus lugares de amarre o en los muelles, así como pernoctar en el muelle, la falta de dos pagos consecutivos será motivo de cancelación inmediata del espacio y se asignará a otro usuario.
También, se prohíbe el acceso a vendedores ambulantes o el reparto de volantes de propaganda adentro del recinto portuario, la presencia de toda persona ajena a las operaciones, la realización de juegos de azar, realizar actividades recreativas o deportivas dentro de los límites, así como actividades de natación, buceo y pesca deportiva o comercial.
Las aplicaciones del reglamento comprenden “el recinto portuario del puerto de Zihuatanejo, aguas adyacentes, así como la Barra de Potosí”, concesionadas a la Fonatur Operadora Portuaria SA de CV.
La particular hace referencia a que es una empresa de participación estatal mayoritaria, con una tenencia compuesta por un capital de 25 accionistas, de las cuales, 24 corresponden a Nacional Financiera.

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